La regulación de los intercambios y proveedores de servicios de bitcoin (BTC) y otras criptomonedas no estará completa hasta que llegue la regulación del gobierno de Gustavo Petro. Y ahí es donde podrían empezar los problemas.

por lo que El sugirió el abogado Juan Rachi, cofundador del estudio de abogados colombiano Phylo, quien participó en un podcast con Juan Pablo Mejía (@juanencripto). El abogado recordó que el proyecto fue aprobado en tercer debate en la Comisión Sexta del Senado de Colombia hace unas semanas y que todavía hay un cuarto debate en el Congreso, antes de su conversión en derecho de ese país.

De ser aprobado en esta instancia, el proyecto deberá pasar al Ejecutivo Nacional, el cual debe sancionarlo como lo establece la jurisprudencia Colombiana.

Será a partir de la promulgación y publicación del proyecto en el Diario Oficial que el reglamento entrará en vigor en la República de Colombia. Si todo sale según lo planeado, la ley que regula intercambios de bitcoins y criptomonedas En Colombia podría entrar en vigor en el tercer trimestre de 2023.

Pero su aplicación completa en empresas que ya están operando en Colombia no será hasta dentro de un añoaproximadamente, la fecha en que el Registro Único de Prestadores de Servicios con Criptoactivos (RUPIC) debería estar en pleno funcionamiento, según explicó la abogada Rachi.

Según se especifica, en ese periodo de tiempo, las empresas del sector tendrán suficiente tiempo para adaptarse a la nueva normativa colombiana que regirá sus operaciones.

Petro regulación, una posible táctica en el camino

Además del registro de proveedores, Rachi mencionó la reglamentación de la ley, tarea a cargo del gobierno nacional, actualmente dirigido por el socialista Gustavo Petro. Este podría impedir la plena aplicación de la legislación hasta que se publique.

Sobre esto, Rachi recordó que en el proyecto vigente que regula a los proveedores de servicios de criptomonedas, se establece que el Ejecutivo colombiano tendrá plazos para establecer normas con respecto a ciertas actividades.

y es como es ordenado en la ley colombiana, la figura del presidente tiene potestad reglamentariaque es la facultad constitucional de dictar normas generales para la ejecución y cumplimiento de una ley.

Esta facultad del Presidente de la República se caracteriza por ser atribución constitucional inalienable, intransferible e inagotable, “porque no tiene plazo y puede ejercerse en cualquier tiempo, y es irrenunciable, por ser un atributo esencial para que la Administración cumpla su función de ejecutar la ley”.

Es precisamente en esta intervención del gobierno de Petro que el impacto de la regulación comenzará a sentirse y tenga en cuenta las posibles barreras de entrada en el ecosistema de CRIPTOMONEDAS de Colombia, según Juan Rachi.

En su opinión, será el gobierno el que defina ¿Quién se encargará de regular el sector? de criptoactivos. Lo cual podría ser “peligroso” para el desarrollo de la industria, sugirió Rachi.

En este sentido, aunque defendió que el proyecto de ley marca un camino, dará herramientas, establecerá pautas y marcará reglas de juego, “las minucias, ese detalle, la carpintería con la que habrá que cumplir”. , no vendrá hasta que el gobierno regule el asunto”.

No está claro si el gobierno de Petro realmente podría ser un obstáculo en el proceso regulatorio del ecosistema de criptomonedas en la tierra del café. Sobre todo, si se tiene en cuenta que el presidente se ha caracterizado por confundir a la comunidad con sus contradicciones en torno al sector.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *