El Ministerio del Trabajo está notificando a las empresas con teletrabajadores que deben registrarlos, así como el software con el que se conectan

Paso a paso, el El Gobierno ha ido avanzando en el eliminación de facto de la oficina central: primero, impulsó una ley rígida en el Congreso; luego lo reguló; y ahora ya obliga a las empresas que tienen teletrabajadores a registrarse y dar de alta el software ¿Qué usan?

Hernán Cuenca Martínez, de PwC Argentina, dijo iProUP eso “la mayor rigidez de la regulación resulta contrario a la flexibilidad solicitada por los propios trabajadores y cuál es la práctica que las empresas vienen desarrollando cada vez más desde hace algunos años”.

El Ministerio del Trabajo creó en octubre el Registro de Empresas que cumplen con la modalidad de Teletrabajoya sea bajo un sistema completo (totalmente remoto) o mixto (combinando jornadas presenciales y jornadas home office)”, recuerda Carolina Piatti, del estudio A&F Allende-Ferrante.

Ahora, empresas comenzaron a recibir notificaciones oficialesinstándolos a registrarse, así como a los nómina de oficina en casa y el plataforma que utilizan para conectar.

¿Qué pide el Ministerio de Trabajo a las empresas con home office?

Julieta El Yar, directora del área de Trabajo y Seguridad Social del estudio Russell Bedford Argentina, encomienda a iProUP que “la cartera laboral lanzó el primera etapa de notificaciones de invitar a las empresas a registrar a sus empleados en el Registro de Teletrabajo”.

Y comenta: “Quienes utilicen esta modalidad deben registrarse en el Ministerio, acreditar el software o plataforma y la nómina de la gente que realizan estas tareas”, dice.

El registro debe actualizarse todos los meses y antes de cada nuevo personal. producido. Esta información debe ser enviada a la entidad gremial correspondiente“, completa El Yar, y agrega que el trámite “lo realiza Trámites públicos Ministerio del Trabajo y a través de la opción Teletrabajo- Nómina“En el portal trabajo.gob.ar.

debe también informar el personal se va y se va que se producen mensualmente”, destaca Piatti.

Qué sanciones pueden sufrir las empresas por no registrarse

Piatti observa que aunque “la fecha de creación es octubre del año pasado, muchas empresas que teletrabajan no se registraron y están en régimen de home office ‘de facto'”.

Además, alerta que “el Ministerio puede considerar que cometió una infracción grave, ‘violación de las normas relativas a las modalidades contractuales’ e imponer una multa de entre el 30% al 200% del valor mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al momento de la constatación de la infracción por cada trabajador afectado”, que hoy asciende a $84.512.

Por otra parte, “cualquier inspección por parte de la autoridad de aplicación, en su caso, deberá tener autorización previa de la persona que trabaja“El Yar advierte.

Los 9 pasos para darte de alta y seguir con el home office

Piatti señala que los requisitos necesarios para iniciar el proceso son la CUITO del empleador o la del representante que inicia el proceso, debiendo estar autorizado ante la AFIP.

Expertos afirman que la Ley de Teletrabajo perjudica tanto a empresas como a trabajadores

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Mientras tanto, por registro se deben seguir los siguientes pasos:

  • Ingresa al sitio web Procedimientos Públicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación
  • Buscar teletrabajo
  • El sitio web conduce a página de la AFIPen el que se debe llenar CUIT y código tributario
  • Una vez ingresado al proceso, completo con los datos del representante iniciador y del empleador representa
  • Buscar nómina de trabajadores y luego, Descargar Listado de Trabajadores para completar. El sistema descargará un archivo de Excel
  • completar la datos del empleado que teletrabaja
  • Guarde el archivo de Excel
  • Responda las preguntas restantes
  • Prensa Enviar procedimiento

Piatti agrega: “El sistema confirmará la recepción de la nota enviada y el número de expediente afirmado por correo electrónico mediante certificado enviado a la CUIT registrada por el empleador para TAD (Plataforma de Trámites a Distancia). El número de expediente asignado será utilizado para cualquier consulta o presentación posterior relacionada con el proceso de registro de teletrabajo.

En qué casos no hay obligación de inscribirse en el registro

En los siguientes casos No se aplica la Ley de Teletrabajoespecificar en Marval, O’Farrel & Mairal:

  • Cuando las tareas remotas se realizan en las instalaciones del cliente
  • Si el trabajo se realiza esporádica y ocasionalmente en el domicilio de la persona que trabaja a petición de este
  • Cuando esto suceda por alguna circunstancia excepcional

El régimen incluye la esquemas mixtos de trabajo del teletrabajo y la presencialidad”, recuerdan.

Principales puntos de la Ley de Teletrabajo

Cuáles son los derechos y obligaciones de los teletrabajadores

De los comentarios de Marval, O.Farrel & Mairal a iProUP el siguientes derechos y obligaciones de los empleados remotos:

  • “Tendrán la mismos derechos y obligaciones que aquellos que actúan bajo la Modalidad Presencial
  • “Su la retribución no podrá ser inferior al que percibían o percibirían” si fueran a la oficina
  • “Deberían disfrutar de la”desconexión digitalel derecho que tienen de descansar, recuperarse y recomponerse entre el final de un día y el siguiente”
  • “Tienen derecho”no trabajar fuera del horario laboral, salvo casos excepcionales, de caso fortuito o de fuerza mayor.
  • “Las tareas que doy fuera de tu horario habitual será considerado horas extrassegún el régimen de trabajo diario y semanal, y su jerarquía”
  • Tendrán derecho a no ser contactados y a desconectarse fuera de su horario de trabajo y durante los períodos de vacaciones, y no puede ser sancionado por el empleador
  • “Los que prueben que están a cargo de la cuidado de niños menores de trece años, personas con discapacidad o adultos mayores con quien convive, tendrá derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado y/o para interrumpir la jornada”
  • El derecho a la reversibilidad: “requerir al empleador el cese en la prestación de tareas por teletrabajo y la cesión presencial, previa invocación de un motivo razonable que justifique su petición”
  • “El consentimiento prestado por la persona que trabaja de forma presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo puede ser revocado en cualquier momento

Analía Saitta y Andrés Tellado, de KPMG Argentina, advierten iProUP: “Con base en esta regulación, es esencial entender ¿Cómo afecta la flexibilidad a cada empresa? y como establecer políticas y procesos sostenibles a largo plazo para una implementación exitosa de teletrabajo“.

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