Con el inicio del mes de octubre se abre nuevamente la posibilidad de comprar hasta US$200 al valor oficial más impuestos para un sector de la población argentina. Sin embargo, tras las recientes medidas gubernamentales, se han implementado nuevas restricciones que afectan el acceso a este mercado.
Entre los nuevo excluido de la posibilidad de adquirir este cupo de divisas son quienes han solicitado Créditos a tasas preferenciales que ofrece ANSES y trabajadores informales que reciben una suma fija o bonificación laboral.
Sin embargo, hasta ahora, La restricción no se ha ampliado para quienes hayan obtenido la devolución del 21% IVA en sus compras realizadas con tarjetas de crédito en moneda extranjera, por lo que técnicamente siguen siendo elegibles para esta operación.

Cada vez menos argentinos pueden acceder al dólar ahorro
Luego de la devaluación ocurrida el 14 de agosto, el llamado dólar “Ahorro” ha visto aumentar su precio a $642,25, lo que representa un valor $160 por debajo del precio de la moneda en el mercado paralelo.
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Frente a otras opciones sobre acciones, el dólar “Ahorro” se presenta como una alternativa más económica. Su valor es $58 menor que el Mercado de Pagos Electrónicos (MEP), que cotiza en $701, y $180 más barato que el Contado con Liquidación (CCL), que alcanza los $822.
La lista de personas excluidas:
No tener capacidad económica suficiente para operar en el mercado cambiario, de acuerdo con los parámetros establecidos por la entidad con la que opera.
Superar la cuota mensual de US$100 mensuales para compras en efectivo, que forma parte de la cuota total mencionada anteriormente.
Habiendo solicitado mantener los subsidios a las tarifas de servicios como gas natural, electricidad o agua potable.
Haber recibido beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), tanto para personas con actividad comercial como para empleados de empresas que lo hayan recibido.
Haber realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por un monto igual o superior a la cuota mensual de US$ 200. Se debe tener en cuenta que de superarse este límite no será posible la compra de divisas hasta que transcurran los meses necesarios para compensar dicha cuota.
Disponer de refinanciación de cuotas de tarjeta de crédito bajo comunicaciones A6964 o A7095.
Tener garantías o créditos hipotecarios en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) con refinanciamiento.
Haber recibido el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), según información proporcionada por ANSES.
Haber recibido subsidios del Programa de Atención Médica Integral (PAMI).
Habiendo sido inhabilitados mediante comunicaciones C emitidas por el Banco Central, que identifican a personas suspendidas para operar en el mercado cambiario.
Haber realizado operaciones con valores, según comunicación A7001. No tener un número de CUIT activo, lo que indica que no existe información tributaria registrada en la Agencia de Ingresos Públicos Federales (AFIP).

Los ahorros en dólares cada vez más inaccesibles
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