Una publicación reciente en el Boletín Oficial de la República Argentina dio cuenta de los nuevos valores establecidos en la tenor azúcar del uvas hecho en la provincia de Mendozasegún una serie de datos obtenidos durante el Control de Cosecha y Procesamiento.

En ese sentido, la ordenanza estableció la nueva nivel alcohólico mínimo de los vinos cosecha 2024unificados con restos de producciones anteriores y su respectiva liberación, en el marco de la Ley General del Vino N° 14.878.

Cabe aclarar que la determinación del nivel alcohólico real de las cosechas anuales de los vinos que se pretenden comercializar en el mercado interno es una norma técnica que se utiliza como parámetro para organizar y auxiliar las tareas de inspección.

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Es por eso que a través de la publicación, el presidente del Instituto Nacional de Viticultura resolvió fijar los límites mínimos de graduación alcohólica real en vinos para la provincia de Mendoza a partir del 1 de junio del presente año en el 12,3% para los vinos blancos, el 12,6% para los tintos y el 12,6% para los rosados.

Mientras tanto, para San Juan Queda así: para los vinos blancos el 12,7%; para los vinos tintos el 12,6%; para los vinos rosados ​​el 12,6%.

Mientras que el artículo 2 de la resolución determina que el grado alcohólico establecido corresponde al alcohol real, entendido como el contenido en el vino, determinado por el método oficial, sin tomar en cuenta el alcohol potencial del contenido probable de azúcares reductores de su fermentación.

Finalmente, el artículo 3 aclara que los vinos certificados como varietales están exentos del cumplimiento de la calificación mínima que aquí se establece, debiendo responder al historial de producción que se proporcione para efectos de su certificación.

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