Hechos clave:
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El estándar no tiene en cuenta si la autocustodia se ejerce en una billetera Bitcoin fría o caliente.
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El Modelo 721 obliga a personas naturales y jurídicas a declarar sus tenencias de criptomonedas en el exterior
La declaración de tenencias de bitcoins (BTC) y criptomonedas por parte de los contribuyentes españoles ha traído un mar de dudas. Uno de ellos tiene que ver con bienes que se encuentran en el extranjero y que deben declararse ante la Agencia Tributaria española.
La cuestión es si la autocustodia de bitcóin o cualquier otra moneda virtual, en billeteras frías o calientes, supone que el usuario (legal o natural) debe declarar bajo el Modelo 721 las tenencias de activos de estas carteras ante el Tesoro español.
El modelo 721 es un modelo de declaración de información fiscal, con el que las personas físicas o jurídicas están obligadas a declarar al Tesoro español sus tenencias de BTC o criptoactivos. que tienen depositados en billeteras que se encuentran en el extranjero. Este reglamento obtenido recientemente la aprobación del gobierno español para su aplicación, que comenzará en 2024.
Más concretamente, el modelo obliga a los contribuyentes, que custodian activos y están registrados en el Banco de España, declarar sus explotaciones en caso de no presentar el Modelo 172. Este último, centrado en la declaración informativa de saldos en monedas virtuales dentro del territorio español.
Aclarando dudas
La abogada española Cristina Carrascosa público un hilo en su cuenta X (anteriormente Twitter), donde aclaró la duda en torno a la declaración de BTC y criptomonedas que se encuentren bajo autocustodia ante la Agencia Tributaria Española.
En primer lugar, precisó que cuando una persona o entidad que custodie los fondos, previa inscripción en el Banco de España, no está obligada a declarar según el Modelo 172; esto significa que Estas criptomonedas se encuentran fuera del territorio español.
Por el contrario, si el depositario está obligado a declarar en el modelo 172, indica que las criptomonedas están dentro de España y, por tanto, la declaración informativa con el Modelo 721 debe estar exenta.
En ese orden de ideas, Carrascosa aclaró que, independientemente de si son billeteras frías (sin conexión a Internet) o billeteras calientes (con conexión), si un usuario es quien mantiene el control de las claves privadas de las billeteras, Significa que los bienes allí depositados no están en el exterior.
Por este motivo, no deben declararse tenencias o saldos bajo el Modelo 721 ante la Hacienda española. Más bien, estos saldos se reportarán bajo el Formulario 714, que Tiene que ver con la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.según la deducción del abogado Carrascosa.
El licenciado Carrascosa aclaró que la declaración de saldos o tenencias de criptomonedas por parte de los contribuyentes aplica únicamente cuando los saldos superen los 50.000 euros denominados en BTC o criptoactivos.
A principios de septiembre se conoció que más de 2 mil millones de euros en bitcoins y criptomonedas había sido declarado ante la Agencia Tributaria española. Esto se debe a la declaración del Impuesto al Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal 2021, según informó CriptoNoticias.