En eso Proyecto fiscal que el Gobierno presentó al Congresoademás de los cambios en Beneficios, Bienes Personales y Lavado de Dinerohay una serie de cambios en el régimen del Monotributo por el cual el escalas y valores de pago del monotributo entre otras cosas.
La llamada Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantesrespecto al Monotributo, presenta actualización de los límites impositivos facturación y tarifas, con incrementos de entre el 300 y el 330%.
Además, una novedad respecto a proyectos anteriores es la eliminación de la exclusividad de las tres últimas categorías para la venta de bienes muebles, habilitándose también estas categorías a prestadores de servicios.
Para esto contribuyentes El límite de facturación anual aumenta significativamente a 68 millones de dólares.
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Como indica el contador Marcos Felice, responsable del Blog de Contador, “si bien ayudará a facilitar la transición al régimen general, los contribuyentes tendrán que llevar bien sus cuentas porque quizás, en un determinado nivel y dado cada negocio en particular, “Puede que considere conveniente acudir directamente a la general dado el importe de la tasa y el peso final del impuesto”.
De aprobarse el proyecto por el que apuesta fuerte el Gobierno, los monotributistas de menores ingresos registrados en la categoría A podrán facturar hasta $6.450.000 anuales, mientras que los que están en la categoría K, la más alta, gastarán 68 millones de pesos.
En el caso del precio máximo unitario de venta, sólo en los casos de venta de cosas muebles, se incrementa el valor límite a la cantidad de $385.000 (actualmente es de $180.589,67).
Uno de los cambios, en este caso negativo, para los pequeños contribuyentes es la eliminación de la excepción del pago del impuesto integrado para los pequeños contribuyentes comprendidos en las categorías A o B que había establecido la Ley 27.676, por lo que volverían a pagar la cuota íntegra.
Otro dato desalentador es la falta de actualización de los parámetros de alquiler a valores reales, indicaron desde la cuenta Contadores en Red.
Salvador Vitelli, jefe de Estudios del Grupo Romano, señaló que ajustadas por inflación, las nuevas escalas de facturación regresan a los valores de julio de 2013 en el caso de los Servicios, y a los de enero de 2018 en el caso de los Bienes. “En términos reales significa una mejora en los servicios del 300% y en el caso de los bienes del 185%. Esto porque no estaría diferenciado por actividad”, afirmó.
Los valores propuestos llevan el ingreso máximo anual a los siguientes valores, según la categoría.
A | $2.108.288,01 | 6,45 millones de dólares |
b | $3.133.941,63 | 9,45 millones de dólares |
C | $4.387.518,23 | 13,25 millones de dólares |
d | $5.449.094,55 | 16,45 millones de dólares |
Y | $6.416.528,72 | $19,35 millones |
F | $8.020.660,9 | 24,25 millones de dólares |
gramo | $9.624.793,05 | $29 millones |
h | $11.916.410,45 | $44 millones |
yo | $13.337.213,22 | 49,25 millones de dólares |
J. | $15.285.088,04 | 56,4 millones de dólares |
k | $16.957.968,71 | $68 millones |
Así como aumentan los parámetros de facturación para permanecer en el régimen, también se actualizan significativamente los montos mensuales a pagar en concepto de impuesto integrado, aportes al régimen de jubilación y obra social.
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La tarifa más barata, categoría A, pasa de los actuales $12.128,39 a $26.600, un 119% más mientras que la categoría más alta, ahora K tanto para servicios como para la venta de muebles, pasa a un máximo de $867.084. .75 por servicios y $377,084.75 por venta de artículos personales. En el caso de los servicios es aquí donde se aplica, como comentó Felice, el análisis de si se ha alcanzado un determinado nivel de facturación no es más conveniente pasar al régimen general.
Entre las opciones de mejora que le faltan al régimen para mejorar y ser más armónicos con el régimen general, Felice sostiene que se debe eliminar la espera de tres años para volver al régimen, lo que supone un gran desincentivo para pasar al régimen general. , deberá considerar que si vuelve a estar dentro de los parámetros podrá regresar sin restricciones e incorporar el regreso de quienes quedaron excluidos a partir del 1 de enero y que no superen los nuevos límites.