El secretario de comercio fijó un incremento de 6% en el precio de referencia del trigo y sus derivados para mayo, lo que implica una variación acumulada de 25,1% para los primeros cinco meses de 2023.

La medida, que podría impactar el precio del pan al consumidor, se tomó en el marco de la Fondo Argentino de Estabilización del Trigola cual fue creada en marzo de 2022 para “garantizar un valor de referencia en el mercado interno que permita mantener la estabilidad en la participación de la harina saco como componente del costo de los productos derivados de ella”.

La decisión se formalizó a través de la Resolución Número 960/2013 publicado este lunes en el Boletín Oficial.

De acuerdo con las disposiciones, los nuevos precios sin impuestos y gastos de entrega a la salida del ingenio son: $41.986,42 por tonelada de trigo y $1,991 por harina común 000 en paquetes de 25 kilos.

A estos precios hay que sumar los costos logísticos por región, que serán los siguientes: Provincia de Buenos Aires y Ciudad de Buenos Aires, 3,50%; Centro, Cuyo y Costa, 5,50%; NEA y NOA 7% y Patagonia, 10,5%.

“Es necesario incrementar la oferta de harina con compensación en el mercado y, así mismo, actualizar sus valores para que sean consistentes con la evolución del resto de los componentes del costo de los productos derivados de la harina de trigo”, justificó Comercio.

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Esa Secretaría recordó que el aumento acumulado del precio de referencia desde mayo de 2022 alcanza el 65,9%, por debajo de la inflación general.

A su vez, explicó que la actualización de precios se determina mensualmente con base en los siguientes parámetros:

– El 40% de la Variación Mensual del Valor FAS Teórico promedio en pesos que determine el Ministerio de Agricultura del mes inmediato anterior a aquél en que se calcule la compensación.

– 30% Variación Mensual del Índice de Precios Mayoristas (IPIM) del último mes disponible en la página web del INDEC.

Este incremento se verá reflejado en todos los productos derivados del trigo.

– 30% de la variación mensual del índice de salarios publicado por el INDEC para el último mes disponible.

– En caso de que la fórmula arroje un valor inferior al 1%, el ajuste mínimo mensual será dicho porcentaje.

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