El Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

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A partir del 1 de enero, las siguientes operaciones deberán reportarse únicamente si exceden los siguientes montos.

La medida afecta a las billeteras virtuales.

$600,000

-Consumo total con tarjetas de débito en el país.

-Ingresos o gastos totales en billeteras virtuales.

$1,000,000

-Créditos bancarios totales registrados en el mes.

-Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.

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-Retiros de efectivo en el país o en el extranjero, en ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.

-Saldo final en cuentas bancarias el último día hábil de cada mes.

-Saldo final en billeteras virtuales el último día hábil de cada mes.

$2.000.000

-Aplica únicamente para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

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La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

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