El Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes.
Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.
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A partir del 1 de enero, las siguientes operaciones deberán reportarse únicamente si exceden los siguientes montos.
$600,000
-Consumo total con tarjetas de débito en el país.
-Ingresos o gastos totales en billeteras virtuales.
$1,000,000
-Créditos bancarios totales registrados en el mes.
-Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
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-Retiros de efectivo en el país o en el extranjero, en ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
-Saldo final en cuentas bancarias el último día hábil de cada mes.
-Saldo final en billeteras virtuales el último día hábil de cada mes.
$2.000.000
-Aplica únicamente para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
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La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.