El Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que el 31 de mayo sea la fecha de vencimiento “excepcional” para el ingreso de las percepciones del impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios y el impuesto PAÍS. La medida se oficializó mediante la Resolución General 5513/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La decisión aplica a todos los responsables y forma parte de las facultades conferidas a la AFIP por las Resoluciones Generales N2.111 y N4.659.

La resolución fue publicada este martes en el Boletín Oficial.

La extensión medida alcanza todos los agentes liquidadores y/o recaudadores de ambos impuestosmientras que el ingreso de las percepciones se puede realizar hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive, a través de los canales habituales habilitados por la organización.

En el caso del impuesto a los débitos y créditos bancarios, se trata de percepciones y/o impuesto propio devengado del 16 al 22 de mayo de 2024, que Caducan el 27 de este mes.. En el caso del impuesto PAIS, son percepciones del 16 al 22 de mayo, según el texto oficial.

La AFIP justificó esta medida señalando que para “facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, procede extender hasta el 31 de mayo de 2024 el plazo para que los responsables involucrados cumplan con la determinación y/o pago “. de determinadas obligaciones tributarias con vencimiento originalmente fijado para el 27 de mayo del presente año.

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