Desde octubre de 2023, el salario minimo para el personal domestico experimentar un 12% de aumento. A continuación, los detalles del Pagos correspondiente a septiembre y octubreteniendo en cuenta el aumento salarial.
En septiembre de 2023, el salario básico para la categoría más grande, es decir, Personal de Tareas Generales, era de $1.057 por hora o $129.670 por mes con jubilación, y de $1.140 por hora o $144.191 por mes sin jubilación.
Con el aumento del 12% en octubre, el salario mínimo del Personal para tareas generales sería de $1,184 por hora o $145,230 por mes con jubilación, y de $1,227 por hora o $161,493 por mes sin jubilación.
Es importante tener en cuenta que estos valores corresponden al salario mínimo y pueden variar dependiendo de la categoría y condiciones laborales específicas de cada empleado doméstico.
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Estos valores corresponden al salario por hora del personal de domicilio particular que trabaja con jubilación.
Es importante resaltar que los empleados de hogares particulares tienen derecho a recibir la Asignación Universal por Hijo (AUH) para sus hijos menores de 18 años o con discapacidad, sin límite de edad.
Pagos por horas y meses con retiro
Categoría | Pago por hora con retiro | Pago Mensual con Retiro |
---|---|---|
Supervisores | $1,274.32 | $159.073,76 |
Personal para tareas específicas | $1,206.32 | $147.788,48 |
hecho en casa | $1,138.32 | $144.191,28 |
Asistencia y cuidado de personas. | $1,136.96 | $144.191,28 |
Personal para tareas generales. | $1.055,36 | $129.669,20 |
Pagos por hora y por mes sin retiro
Categoría | Paga por hora sin retiro | Pago Mensual sin Retiro |
---|---|---|
Supervisores | $1,444.32 | $177.190,32 |
Personal para tareas específicas | $1,321.92 | $164.513,76 |
hecho en casa | $1,138.32 | $144.191,28 |
Asistencia y cuidado de personas. | $1,274.32 | $160.685,36 |
Personal para tareas generales. | $1,138.32 | $144.191,28 |
Además, como parte de las medidas de compensación a la inflación, el Gobierno dispuso el pago proporcional de un bono de $25.000 en dos cuotas mensuales de $12.500 cada una, a pagar con los sueldos de septiembre y octubre. El cálculo de la tarifa correspondiente a cada empleado se realiza dividiendo los $12.500 entre 192 (día de trabajo mensual) y luego multiplicando el resultado por el número de horas trabajadas en el mes.
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Los empleadores tienen derecho a solicitar a la AFIP la devolución del 50% de este bono. La solicitud de la primera cuota venció el viernes 29 de septiembre, mientras que la devolución de la segunda cuota, correspondiente al salario devengado en septiembre, podrá solicitarse del 2 al 8 de octubre de 2023.
Es importante señalar que estos valores y fechas son orientativos y pueden estar sujetos a cambios. Se recomienda verificar la información actualizada y consultar con los organismos correspondientes, como la AFIP, para obtener información veraz y detallada sobre los pagos y devoluciones antes mencionados.
Además, es relevante tener en cuenta que el personal doméstico registrado tiene derecho a la devolución del IVA con un límite de $18.800 mensuales.
Por otro lado, los empleados no registrados pueden acceder al cobro del “nuevo IFE”, un bono para trabajadores informales que no reciben ninguna ayuda del Estado, como planes sociales o la AUH, y que asciende a $94.000 en dos pagos.