El Gobierno oficializó el nuevo mínimo no imponible para el impuesto sobre la renta para el ejercicio fiscal 2023 para la cuarta categoría que es $506,230 bruto mensual a partir de este mes, mediante decreto 267/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial.

Determinó que debido al nuevo piso del impuesto sobre la renta, no habrá retención del tributo cuando la remuneración bruta no exceda de $506.230.

Asimismo, en aquellos meses en que el salario bruto del mes exceda de $506,230 y sea menor o igual a $583,851, los agentes de retención computarán una deducción especial aumentada.

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La modificación realizada permitirá una reducción en el número total de trabajadores que pagan impuesto sobre la renta. Con la medida se beneficiarán aproximadamente 250.000 trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia.

El nuevo mínimo no imponible será aplicable a las remuneraciones y salarios brutos mensuales devengados a partir del 1 de mayo de 2023.

Desde enero de 2023, los salarios brutos mensuales que no superen los $404.062 no pagan impuesto sobre la renta.

El ministro de Economía, Sergio Massa, destacó que “junto a este nuevo incremento interanual del 125% en el Piso de Remuneración, en abril avanzamos para que no se alcancen las horas extras, las dietas y los bonos de productividad, entre otros conceptos”. por el impuesto: un beneficio para 600.000 empleados”.

“Esta nueva desgravación fiscal es clave para que el impuesto no afecte a los incrementos salariales y forman parte de nuestro compromiso constante por mejorar el poder adquisitivo y adquisitivo de las personas”, ha subrayado la ministra.

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