El ANSES aprobó una serie de normas aclaratorias y complementarias del plan de pagos de deuda de pensiónque permite el acceso a la Jubilación a aquellas personas que ya han cumplido la edad pero no cuentan con los 30 años de aportes requeridos.

Se trata de una decisión vinculada a la Ley N° 27.705, mediante la cual se establecieron los lineamientos de funcionamiento relacionados con la “Unidad de Cancelación de Aportes a la Seguridad Social de los Trabajadores en Activo”.

El ANSES Recordó que el Plan está integrado por la “Unidad de Pago de Deuda Previsional”, a la que pueden acceder aquellas personas que hayan cumplido a la fecha la edad de jubilación o que la alcancen en un plazo de dos años contados a partir de la entrada en vigor de esa ley.

También por la “Unidad de Cancelación de Contribuciones Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en Actividad”, a la que pueden acceder las mujeres mayores de 50 años y menores de 60 años, y aquellos hombres mayores de 55 y menores de 65 años, que acrediten determinados ingresos, que residan en el país y que no se encuentren prestando servicios en relación de dependencia o por cuenta propia y/o monotributista en el período que se pretenda adquirir.

La medida fue publicada este lunes en el Diario Oficial.

Ahora a través de la Resolución 131/2023 Publicado este lunes en el Diario Oficial, el organismo estableció que el trámite para acceder a la Unidad de Cancelación de Aportes se iniciará ante esta Administración Nacional, y se pagará a través del Volante de Pago Electrónico.

Ver: Calendario Anses en julio: qué cobra, con bono incluido

Además, la acreditación de los ingresos establecidos en la Ley se hará mediante declaración jurada del solicitante que pretenda adquirir la Unidad de Cancelación de Aporte Previsional, y los fondos con los que se hará el pago de dicha Unidad deberán estar registrados en el banco.

Por su parte, las mensualidades que se incorporen a través de esta Unidad serán compatibles con los períodos de cotización que integren el historial laboral del solicitante, con independencia de que hayan sido adquiridas a través de otros planes de pago y/o moratorias, salvo limitaciones reglamentarias. de los planes de pago y moratorias respectivas.

El ANSES También dispuso que los períodos adquiridos se registren en el Sistema Integrado de Pensiones Argentino (SIPA) y en el historial laboral del adquirente.

Leer: Jubilados y pensionados recibirán un nuevo bono

Asimismo, aclaró que las Unidades de Cancelación no serán consideradas para efectos de determinar la prestación compensatoria o la prestación adicional por permanencia, ni para el cómputo del ingreso base en los casos de jubilación por invalidez y pensión por muerte.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *