El Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reguló este miércoles el procedimiento para adherirse a la Régimen de Regularización de Activos que permitirá a residentes y no residentes regularizar bienes sin ningún límite de importe y sin coste alguno.

La medida está contemplada en la Ley 27.743 denominada “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” y que mediante Resolución General N° 5528 publicada en el Diario Oficial detalla que el dinero negro ingresado al sistema financiero deberá permanecer hasta el 31 de diciembre de 2025 o invertirse en destinos autorizados.

Además, Quienes regularicen bienes o posesiones hasta por US$ 100.000 quedarán exentos del pago de impuestos. La normativa también facilita la adhesión de personas que perdieron su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, que podrán recuperar su residencia a partir del 1 de enero de 2024.

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El régimen establece tres etapas con tasas decrecientes: hasta el 30 de septiembre de 2024 con una tasa del 5%, hasta el 31 de diciembre de 2024 con una tasa del 10%, y hasta el 31 de marzo de 2025 con una tasa del 15%.

Los bienes a lavar deberán estar en posesión del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 y acreditarse en la declaración jurada correspondiente.

El efectivo deberá depositarse en una cuenta especial de Regularización de Activos para evitar el pago de impuestos y deberá regularizarse antes del 30 de septiembre de 2024.

Otros beneficios de Blanqueo incluyen la exención de acciones civiles y penales por infracciones tributarias, cambiarias, aduaneras y administrativas, y la posibilidad de adelantar el pago de Propiedad personal de 2023 a 2027 con una tasa del 0,45% anual.

Los detalles y requisitos del régimen están disponibles en el micrositio de la AFIP.

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