Según lo establecido por el Ley 25.849Representantes de la industria vitivinícola se reunieron para emitir la escala de aportes obligatorios para el año y el sector según los productos.

Cabe recordar que, según la ley, el La Junta de Representantes de la entidad decide cada año cómo se fijarán las condiciones y plazos de pago.Intereses y recargos por pago fuera de plazo.

Estos aportes se ajustan cada año y dicho ajuste se realiza mediante un índice que se calcula de acuerdo a los precios de los productos que la empresa Bolsa de Valores de Mendoza elaborar.

El Directorio de la Corporación del Vino Argentino emitió una resolución en la que establece los ajustes a los aportes obligatorios para el ejercicio 2024.

Mario González, presidente de COVIAR.

Estos ajustes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto Reglamentario 1191/2004, se detallan a continuación:

– El aporte obligatorio para el año 2024 por parte de los establecimientos vitivinícolas será de $0,584813 por litro elaborado de vino, mosto al sulfito, mosto virgen u otro producto vitivinícola sin proceso de concentración.

– El aporte obligatorio para el año 2024 por parte de los establecimientos vitivinícolas será de $0,493062 por litro de producto vitivinícola fraccionado sin indicación de variedades, excepto mosto concentrado.

– El aporte obligatorio para el año 2024 por parte de los establecimientos vitivinícolas será de $0,807637 por litro de producto vitivinícola fraccionado con indicación de variedades, champagne y vinos especiales, excepto mosto concentrado.

Ver también: También pasa en el Norte: los argentinos “invadieron” Bolivia para ir de compras

– El aporte obligatorio para el año 2024 por parte de los establecimientos vitivinícolas será de $3,022086 por litro de mosto concentrado embarcado para consumo interno y/o exportado. El aporte obligatorio para el año 2024 por parte de los establecimientos elaboradores de uva fresca y pasas será de $0,484286 por kilogramo de uva fresca ingresada al establecimiento.

Asimismo, se establecen los vencimientos de los aportes mencionados en los incisos b), c) y d) del artículo N10 de la Ley N25.849, conforme al siguiente cronograma:

Enero de 2024: 30 de abril de 2024.

Febrero de 2024: 31 de mayo de 2024.

Marzo de 2024: 28 de junio de 2024

Abril de 2024: 31 de julio de 2024.

Mayo de 2024: 30 de agosto de 2024

Junio ​​de 2024: 30 de septiembre de 2024.

Julio de 2024: 31 de octubre de 2024.

Agosto de 2024: 29 de noviembre de 2024

Septiembre de 2024: 31 de diciembre de 2024.

Octubre de 2024: 31 de enero de 2025.

Noviembre de 2024: 28 de febrero de 2025.

Diciembre de 2024: 31 de marzo de 2025

Finalmente, la entidad estableció que los aportes correspondientes podrán abonarse en un solo pago o en diez cuotas mensuales y consecutivas, ajustados con hasta el doble de la tasa de interés que aplica el Banco de la Nación Argentina para las operaciones pasivas. La resolución ha sido comunicada al Ministerio de Economía de la Nación y será publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Ver también: El Gobierno sostuvo otra reunión con Ampros: ¿cómo fue la propuesta?

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *