Dentro de las reformas y desregulaciones que incluyeron Javier Milei En el DNU que se publicó hoy en el Boletín Oficial se introducen algunos cambios al contrato de trabajo de leycomo la ampliación del “periodo de prueba“.
A partir de la publicación de este DNU, el “período de prueba” dejó de ser de 3 meses y pasó a tener una vigencia de 8 meses. Es decir, cuando un empresario contrata a un nuevo empleado, tendrá un plazo de 8 meses para poder despedirlo. sin compensarlo.
Para esto Milei modificó el artículo 92 bis de la Ley 20.744 (Contrato de Trabajo), quedando redactado de la siguiente manera: “Período de prueba. El contrato de trabajo por tiempo indefinido, salvo el a que se refiere el artículo 96, se entenderá celebrado a título de prueba durante los primeros OCHO (8) meses. de validez.”
En esos 8 meses, “cualquiera de las partes podrá terminar la relación sin expresión de causa, sin derecho a indemnización por causa de la extinción, pero con la obligación de preavisar de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231 y 232″.
Ver más: Milei restringe huelgas: no podrán cerrar bancos ni escuelas, y otras claves
En todo caso, se aclara que “un empresario no puede contratar más de una vez al mismo trabajador, utilizando el periodo de prueba”. “La utilización abusiva del período de prueba con el fin de impedir la efectividad de los trabajadores será objeto de las sanciones previstas en los regímenes en materia de infracciones de las leyes laborales”, añade.
El apartado del DNU sobre el “período de prueba”: